El Superior Tribunal de Justicia del Chaco desestimó la medida cautelar contra las leyes que suspendieron las primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO) y habilitaron las listas colectoras. La información oficial además precisa que «esta decisión ocurre en una etapa inicial y por fuera del debate de la cuestión de fondo que será resuelta cuando se analice la acción de amparo». En los fundamentos de la resolución 347/22 de la Secretaría de Asuntos Constitucionales, el STJ sostuvo que los diputados Gustavo Corradi, Livio Gutiérrez, Sebastián, Lazzarini, Silvia Reiser Canteros, Doris Arkwright, Alejandro Aradas y Darío Bacileff Ivanoff no probaron «ni en mínima medida» los vicios aludidos respecto a la sesión ordinaria de la Legislatura el 7 de diciembre.