OPINIÓN

Padres morosos

10 de Septiembre, del 2024 - Opinión

POR | LA NACIÓNAR.-


Siete de cada diez padres no convivientes incumplen en la Argentina el pago regular de las cuotas alimentarias, y más de la mitad de las madres no recibe ningún tipo de aporte de parte del progenitor de sus hijos o hijas, según estimaciones oficiales. Para hacer frente a este incumplimiento de responsabilidad parental, en los últimos tiempos se han registrado fallos judiciales que buscan sancionar esas actitudes y, al mismo tiempo, se ha generado un debate que llevó a impulsar proyectos de ley para poner un freno a esa injusticia.


Un fallo judicial se dio en Rosario en marzo del año pasado, cuando el Tribunal Colegiado de Familia N°7 dispuso la inscripción de un progenitor en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, le prohibió salir del país, suspendió su licencia de conducir y, además, le prohibió el ingreso al estadio de fútbol de Newell’s Old Boys hasta que abonara la totalidad de los alimentos adeudados.


Otro caso similar se registró en Córdoba, donde una jueza le prohibió el ingreso a la cancha de Belgrano a un deudor por considerar que el incumplimiento de la obligación del padre con la cuota alimentaria privaba a su hijo de un derecho esencial.


A partir de este escenario, surgieron varias iniciativas legislativas que buscan combatir la morosidad de los progenitores, que incluye como novedad, la prohibición del ingreso a estadios de fútbol y a recitales en la ciudad de Buenos Aires. Son al menos ocho los proyectos, que llevan las firmas de los legisladores porteños Facundo Del Gaiso (Vamos x Más)), Juan Manuel Valdés (Unión por la Patria); María Inés Parry (UCR), Natalia Fidel (Vamos Juntos); María Sol Méndez (Confianza Pública); Jessica Barreto (PS), y María Bielli (UxP).


Actualmente, una restricción de este tipo solo puede ser implementada por decisión de un juez, pero a partir de esta legislación, se aplicaría para todas las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos que existe desde el año 1999 en la jurisdicción porteña y que viabiliza que deudores alimentarios ya tengan restricciones en actividades específicas, como la renovación de la licencia para conducir, la imposibilidad de acceder a empleos públicos o la realización de viajes al exterior.


Es de esperar que estas iniciativas sean tratadas y que otras jurisdicciones tomen el ejemplo para incorporar una restricción más a aquellos padres que no cumplen con las mínimas obligaciones para con sus hijos.