LA POLICÍA PODRÁ ACTUAR

Gobierno creó un protocolo para impedir bloqueos en las empresas: recibirá denuncias al 134

10 de Septiembre, del 2024 - Economía

La medida se publicó en el Boletín Oficial con la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. Habilita a la policía a actuar contra protestas que “impidan, dificulten o amenacen el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías”.

 

El Gobierno dispuso un nuevo protocolo, para impedir bloqueos a empresas y fábricas, a través de una resolución del Ministerio de Seguridad publicada en el Boletín Oficial y firmada por la titular del área, Patricia Bullrich. La medida entró hoy en vigencia y habilita a convocar a la policía y a fuerzas federales para que actúen contra este tipo de protestas, para que “hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado”. El texto menciona que la línea 134 está disponible para la recepción de denuncias de bloqueos.


La medida argumenta que “en consecuencia, resulta oportuno y conveniente establecer un protocolo de actuación frente a bloqueos, a fin de contribuir a la protección de la normal actividad de las empresas que pudieran sufrir una merma o parálisis de su producción a causa de acciones que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o visiblemente inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías a sus instalaciones”.



Detalles del nuevo protocolo para impedir bloqueos en las empresas


La resolución 901/2024 publicada en el Boletín Oficial aclara que “a los efectos de este protocolo de actuación, se entenderá por ‘bloqueo’ a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos, de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional”.


Destaca que “los bloqueos podrán ser denunciados telefónicamente al número 134, por WhatsApp al número (11) 38524561 o por correo electrónico a la dirección: bloqueos@minseg.gob.ar o los que en el futuro los reemplacen”.


Explica que una vez recibida la denuncia el Ministerio de Seguridad “evaluará su verosimilitud y entidad; en su caso, pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes y, de corresponder, instruirá a la Secretaría de Seguridad para que efectúe el despliegue de las fuerzas policiales y de seguridad federales más próximas a fin de que hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado”.



Aclara que “si las autoridades del distrito donde se desarrollan los hechos solicitaren ayuda de las fuerzas policiales y de seguridad federales, la máxima autoridad de esta jurisdicción evaluará la necesidad, la posibilidad y la oportunidad de brindar el auxilio solicitado y dispondrá el despliegue correspondiente”.



Indica que el Ministerio “comunicará de manera inmediata la información que recibiere a la Secretaría de Trabajo y a las personas físicas o jurídicas afectadas, a fin de que puedan proceder de acuerdo con lo previsto en el artículo 242 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones”.
Dispone que las fuerzas policiales y de seguridad federales “recabarán pruebas sobre el desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los responsables y participantes, a fin de su inmediata remisión al juzgado penal correspondiente y al Ministerio Público Fiscal, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior”.



TN.-